El acuerdo existente entre comunidades
autónomas permite el uso de las licencias de pesca obtenidas en
Asturias en las demás comunidades, sin necesidad de abonar ningún tipo
de tasas.
En el Principado de Asturias tenemos disponibles 3 tipos de licencias de pesca:
- Licencia de pesca marítima recreativa de costa: es la que faculta a ejercer la pesca recreativa a pie.
- Licencia de pesca marítima recreativa de embarcación: es la que autoriza a ejercer la pesca desde embarcación de 6ª o 7ª lista inscrita en el Registro de Matrícula de Buques.
- Licencia de pesca marítima recreativa submarina: es la que autoriza a ejercer la pesca mediante buceo en apnea no pudiendo utilizarse ningún medio de respiración bajo el agua, autónomo o semiautónomo.
La vigencia de las licencias de pesca marítima de recreo será de cinco años para la de costa y la de embarcación, y para la licencia de pesca submarina será de dos años.
En 2025 el precio de las licencias es de €17.17. Es gratis si eres pensionista jubilado para ello debes aportar el
documento de la Seguridad Social que te certifica como pensionista de
jubilación. Los menores de 16 años no necesitan sacar licencia de pesca para poder pescar.
Ser jubilado o menor de 16 años con autorización paterna.
JUBILADO: Aportar fotocopia de Resolución de la Seguridad Social como pensionista de jubilación. Se puede aportar presencialmente o por correo electrónicamente margarita.cristobalarias@asturias.org
MENOR
DE EDAD: Aportar fotocopia del Libro de Familia de la hoja donde
figure el nombre de los padres y la hoja donde figure el menor, o la fotocopia del DNI del menor.
Se puede aportar presencialmente o por correo
electrónicamente margarita.cristobalarias@asturias.org
Tramitación de autorizaciones de pesca marítima de recreo para especies sometidas a medidas de protección diferenciada:
Atún rojo (Thunnus thynnus)
Bonito Atún blanco (Thunnus alalunga)
Besugo (Pagellus bogaraveo)
Patudo (Thunnus obesus)
Pez Espada (Xiphias gladius)
Marlines (Makiara spp)
Agujas (Tetraptutus spp)
Pez vela (Istiophorus albicans)
Merluza (Merlucies merlucius)
Esta licencia/autorización se le da a la embarcación y no a personas físicas, es gratuita y tiene una caducidad de tres años.
Cualquier persona que este a bordo, tiene que tener también una licencia de pesca de recreo
desde embarcación vigente, para
realizar esta actividad.
Una vez hecha la solicitud y dejado pasar unos dos días, con el número del resguardo de la solicitud y para que os envíen por e-mail la autorización llamar a la siguiente Área Funcional:
Nombre: ÁREA DE AGRICULTURA Y PESCA - CORUÑA
Telefono: 981989718
Representante: VANESSA ORGUEIRA PÉREZ
E-Mail: vanessa.orgueira@correo.gob.es
El titular de la autorización específica deberá obligatoriamente
cumplimentar una declaración de capturas y suelta (Anexo IV) en los
cinco primeros días de cada mes, cuando hayan salido a la mar, aunque no
se hayan obtenido capturas.